Protocolo para clases 2022

Protocolo para clases 2022
  • Protocolo para el regreso a actividades presenciales

    ​​Protocolo para el regreso a actividades presenciales 

    Aprobado en sesión de Comité Ejecutivo,

    el 19 de julio de 2022 

    I. Introducción

    El presente documento tiene como finalidad establecer los procedimientos de actuación para los estudiantes, docentes, encargados de prácticas, facilitadores, instructores, personal administrativo, asistentes de investigación, practicantes de la Universidad del Pacífico (en adelante, la Universidad) que retornen a la modalidad presencial durante el Estado de Emergencia por la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional y después del aislamiento social obligatorio. Asimismo, se incluye en el presente documento, a cualquier proveedor o persona externa a la comunidad universitaria que se encuentre en las instalaciones de la Universidad. Estos procedimientos comprenden de una serie de medidas de seguridad y prevención sanitaria que serán de cumplimiento obligatorio con el fin de cautelar la salud y seguridad de los miembros de la comunidad universitaria que ingresen a cualquiera de las sedes de la Universidad. De esta manera se podrán prevenir de manera eficiente, oportuna y con seguridad las situaciones que se presenten en este retorno a clases.​

    El presente protocolo será revisado y sujeto de actualizaciones según las normas vigentes lo requieran; así como según se incorporen otros niveles educativos, tales como educación ejecutiva, centro de idiomas y la escuela preuniversitaria.

    II. Objetivos

    • Implementación de medidas para garantizar la salud de las personas.
    • Control de propagación del virus.
    • Aseguramiento del funcionamiento normal de las actividades.

    III. Base legal

    • Norma Técnica de Salud N° 178-MINSA-DGIESP-2021.
    • Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.​
    • Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: "Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2".​
    • Resolución Ministerial N° 009-2022-MINSA, Modifican la NTS N° 178-MINSA/DGIESP-2021, Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de la COVID-19 en el Perú.

    IV. Medidas generales

    • ​Toda persona que ingrese a la Universidad, deberá contar con el número de dosis vigentes completas de vacunación contra el Covid-19, según su grupo etario.​ 
    • No deberá acudir a ninguna actividad presencial dentro de la Universidad, aquella persona que presente alguno de los síntomas mencionados a continuación:
      • Malestar general.
      • Fiebre.
      • Tos.
      • Dolor de cabeza.
      • Congestión nasal.
      • Diarrea.
      • Dificultad para respirar.
    • Para ingresar a la Universidad, toda persona deberá haber completado la ficha de sintomatología en las plataformas autorizadas por la Universidad.
    • Solo se podrá ingresar a las instalaciones de la Univerisdad utilizando:
      • Dos mascarillas (una quirúrgica de tres pliegues debajo y sobre ella una mascarilla comunitaria), o
      • Una mascarilla KN95.
    • La mascarilla deberá utilizarse correctamente, cubriendo nariz y boca.
    • No se podrá retirar la mascarilla durante el tiempo en que se encuentre dentro de la Universidad.

    V. Ingreso a los locales

    • En los ingresos autorizados (tanto peatonales como vehiculares) se verificará que las personas utilicen una mascarilla adecuada, de conformidad con las normas legales vigentes. En tal sentido, se impedirá el ingreso o la permanencia en la Universidad de aquellas personas que no utilicen la mascarilla adecuada o que no la utilicen correctamente.
    • Toda persona que ingrese a las instalaciones de la Universidad, está sujeta a pasar el control de identidad, a la verificación de carné de vacunación y el llenado de la ficha sintomatológica. Estos controles se realizarán en cada uno de los puntos de acceso a los locales de la Universidad.
    • Durante el ingreso a la Universidad y, con el fin de evitar aglomeración de personas al momento del ingreso, se deberá guardar una distancia de 1.50 metros entre persona y persona.​

    VI. Uso de los servicios higiénicos 

    • Las personas deberán lavarse las manos en forma regular, antes y después de hacer uso de los servicios higiénicos, con abundante agua y jabón y por un espacio no menor a 20 segundos.​​
    • Los usuarios deberán respetar el aforo señalado en los servicios higiénicos habilitados. Se deben evitar las aglomeraciones dentro de los baños, así como en la fila de espera al ingreso de los mismos.
    VII. Toma de alimentos (refrigerio)
    • Todo ambiente autorizado para la toma de alimentos, estará adecuadamente señalizado con el aforo correspondiente.
    • Se deberá respetar el aforo indicado.
    • Se brindará facilidades para que se pueda ingerir los alimentos, en lugares ventilados, manteniendo el distanciamiento social y especificando que es un espacio solo para ingerir alimentos, una vez finalizada la toma de estos deberán colocarse la mascarilla y retirarse del lugar.
    • Previo a ingerir sus alimentos, el usuario debe desinfectarse las manos con alcohol en gel en los dispensadores colocados en las áreas comunes habilitadas para tal fin y respetando el aforo permitido.
    • No se podrán compartir alimentos, utensilios ni objetos personales.
    • Al momento de concluir con su alimentación, se deberá dejar ordenado el espacio, así como desechar cualquier desperdicio en los tachos de basura señalados para tal fin.

    VIII. Sobre las actividades en el campus

    • Al toser o estornudar, las personas deberán cubrirse las zonas de boca y nariz con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, pese al uso obligatorio de la mascarilla, con la finalidad de brindar mayor efectividad a la medida.
    • El personal docente y administrativo será responsable de que todas las áreas en las que se encuentren permanezcan con las puertas y ventanas abiertas. Se deberá evitar realizar reuniones a puerta cerrada.
    • El médico ocupacional realizará visitas diarias a las distintas áreas de la institución, con el fin de dictar charlas de sensibilización, y realizar acciones de supervisión y control inopinadas.​​

    IX. Sobre las personas del grupo de riesgo

    • Se considera como persona en grupo de riesgo a los miembros de la comunidad UP previamente identificados con los siguientes diagnósticos:
      • Edad mayor de 65 años.
      • Hipertensión arterial refractaria.
      • Enfermedades cardiovasculares graves.
      • Cáncer.
      • Diabetes mellitus.
      • Obesidad con IMC de 40 a más.
      • Asma moderada o grave.
      • Enfermedad pulmonar crónica.
      • Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis.
      • Enfermedad o tratamiento inmunosupresor. 
    • Al determinarse que pertenecen al grupo de riesgo, deben continuar con las actividades remotas hasta el momento que lo indique la autoridad competente.
    • En caso requieran acudir a la Universidad, deberán comunicarse con el médico ocupacional para llenar la declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria.
    • En caso haya algún cambio en el estado de salud de un miembro de la comunidad deberá notificar al médico ocupacional para ingresar al grupo de riesgo.

    X. Entrega de mascarillas

    De acuerdo con la normativa vigente, la Universidad entregará, en caso sea estrictamente necesario, mascarillas al personal que realice actividades presenciales al momento de su reincorporación. Esta actividad estará a cargo del área de Bienestar de Gestión de Personas quienes realizarán el registro en los formatos acordes a la normativa vigente.

    El médico ocupacional se encargará de la custodia de la documentación y el seguimiento de la entrega.

    Para el caso de alumnos, se contará con un stock de mascarillas solo para reemplazo en caso suceda un percance.

    XI. Notificación de casos

    Si un miembro de la comunidad UP presentara cualquier síntoma que afecte su salud durante su estancia en la Universidad, deberá acudir inmediatamente al tópico de la Universidad para la evaluación del caso.
     
    El servicio de tópico estará disponible para cualquier persona dentro del campus sin costo alguno.
     
    En caso se detecte algún paciente sospechoso de tener COVID-19 el médico del tópico notificará al médico ocupacional de la Universidad, de acuerdo con el procedimiento para casos sospechosos o confirmados por Covid-19.​

    XIV. Sobre incumplimiento

    Aquella persona que no cumpla con las disposiciones indicadas en el presente documento no podrá ingresar o permanecer en las instalaciones de la Universidad, siendo la Jefatura de Seguridad Física la encargada de la ejecución de este procedimiento, quien a su vez será la responsable de notificar a las instancias correspondientes.



  • Procedimiento para casos sospechosos o confirmados de COVID-19

    ​Procedimiento para casos sospechosos o confirmados de COVID-19 

    Aprobado por el Comité Ejecutivo

    el 19 de julio de 2022 

    I. Introducción 

    Las recomendaciones y medidas por aplicar ante la detección de casos positivos de COVID- 19 se incluyen en el presente documento, y estarán en continua revisión a fin de actualizarlas conforme a las indicaciones que emanen de las autoridades competentes. ​​

    II. Glosario

    a) Contactos de riesgo bajo:

    Estuvo en contacto con la persona positiva de COVID-19 a más de 1 metro, conmascarilla, en un lugar ventilado por menos de 15 minutos.​​​​

    b) Contactos de riesgo moderado:

    Estuvo en contacto con la persona positiva de COVID-19 a menos de 1 metro, conmascarilla, en un lugar ventilado por más de 15 minutos. ​

    c) Contactos de riesgo alto:

    Estuvo en contacto con la persona positiva de COVID-19 a menos de 1 metros, sinmascarilla por más de 15 minutos.​

    ​III. Procedimiento

    Todo docente, personal administrativo o estudiante (incluido pregrado, postgrado, centro de idiomas o escuela preuniversitaria) que haya sido diagnosticado con COVID-19 o que tenga conocimiento de un caso positivo de COVID-19 de algún miembro de la comunidad universitaria, deberá comunicarse inmediatamente con el médico ocupacional al siguiente correo electrónic​​​​​​o: a.arnaob@up.edu.pe.

    IV. Detección de casos

    Con el fin de agilizar la actuación, evitar la desinformación y proteger la confidencialidad de los casos, se conformará una comisión COVID-19 integrada por:

    • el Vicerrector Académico
    • el Director General de Administración
    • el Director de Comunicaciones e Imagen Institucional
    • el Jefe de Seguridad Física
    • el Médico Ocupacional

    Esta comisión recibirá los informes y actualizaciones de los casos detectados, por parte del Médico Ocupacional, y canalizará toda la información a través de él para los fines correspondientes.

    a) Notificación fuera de la Universidad

    En el caso de que cualquier miembro de la comunidad universitaria reciba la confirmación como positivo para COVID-19, deberá comunicarlo al contactarse conel Médico Ocupacional.

    b) Notificación dentro de la Universidad

    Si se identifica un caso sospechoso dentro de la Universidad, la persona deberá acudir o ser conducida al Tópico, desde donde se notificará al Médico Ocupacional para la aplicación del procedimiento correspondiente. Si al momento de realizar la prueba diagnóstica, esta resulta positiva, se actuará de la siguiente manera:​ 

    • Si los síntomas son leves, la persona se dirigirá a su domicilio y deberá contactar a su servicio de salud.
    • Si los síntomas son leves, pero no se encuentra en condiciones de desplazarse por sus propios medios, la persona permanecerá en aislamiento en el Tópico hasta que sea estabilizada y pueda retirarse en compañía de algún familiar o acompañante.
    • En el caso de que los síntomas presenten gravedad, se solicitará el apoyo de su seguro según corresponda.
    Si se tratase de un menor de edad, se esperará a un familiar para realizar el traslado; en caso sea una emergencia, con previa autorización del familiar, se procederá al traslado inmediato. 

    V. Medidas complementarias

    • Para los casos confirmados de COVID-19, la jefatura de Seguridad Física realizará elrastreo de los últimos 3 días para establecer los posibles contactos que tuvo la persona afectada dentro de la Universidad.​
    • El Médico Ocupacional comunicará el caso a todas aquellas personas que estuvieron en contacto con la persona afectada, indicando el hallazgo del mismo y las medidas adoptadas, siempre salvaguardando la debida confidencialidad. 

    VI. Seguimiento de casos

    a) Caso inicial:

    Una vez identificado el caso, el Médico Ocupacional se pondrá en contacto con la persona con resultado positivo y le hará seguimiento diario, informando a la comisión COVID-19. Asimismo, la persona afectada deberá guardar aislamiento por 7 días y no podrá ingresar a ningún local de la Universidad hasta su alta.

    b) Contactos de alto riesgo:

    Si se detectasen personas que estuvieron en contacto con el primer caso sin tomaren cuenta las medidas de bioseguridad, el Médico Ocupacional se pondrá en contacto con cada una de las personas identificadas.​

    c) Contactos de riesgo moderado:

    Todos los estudiantes, docentes o trabajadores administrativos que estuvieron en clase o tuvieron contacto en un espacio cerrado con una persona con resultado positivo para COVID-19, serán ​​​​​​​​​informados de la situación y en caso de presentar síntomas, informar inmediatamente al Médico Ocupacional.​​

    VII. Notificación a las entidades competentes de salud y educación

    El Médico Ocupacional notificará a la entidad de salud de la jurisdicción y a la autoridad competente del MINEDU, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

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